IVA Crédito fiscal generado en importaciones: Como se registra y como se declara en el F29

Este es un tema de vital importancia entre los importadores y que, por su naturaleza, genera bastante confusión en cómo se registra y como se declara este IVA Crédito. Esto se produce debido a que una importación genera bastantes movimientos y se proporcionan bastantes facturas tributarias, por lo que vamos a tratar de aclararlos lo mejor posible.

Como norma general, la base imponible para el cálculo del IVA en las importaciones es el costo de la mercadería, más el flete internacional, más el seguro, y los aranceles. El costo de las mercaderías siempre existe, ya que va con la factura de la importación que acompaña a las mercaderías. No obstante, el costo del flete y del seguro a veces no está documentado con la expedición, y si no se aportan estos datos, Aduanas realiza una estimación de estos para agregarlos a la mercadería y calcular la base del IVA.

¿En qué líneas del actual Formulario 29 debe declararse el IVA que está incluido en las facturas proporcionadas por el Agente de Aduanas?

El IVA que está incluido en las facturas proporcionadas por el Agente de Aduanas, correspondiente a los pagos que le ha cancelado la empresa contratante, deben ser registrados en la línea 25,33,34, dependiendo del concepto al que corresponda, según las instrucciones contenidas en el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo.

DECLARACIÓN EN EL FORMULARIO 29

El IVA de la importación debe declararse en las siguientes líneas y códigos del Formulario:

  • Línea 25 Importaciones sin derecho a Crédito Fiscal, códigos 566 y 560.
  • Línea 33 Importaciones del giro con derecho a Crédito Fiscal, códigos 534 y 535.
  • Línea 34 Importaciones de Activo fijo con derecho a Crédito Fiscal, códigos 536 y 553.

¿Se pierde el IVA Crédito Fiscal generado por las facturas de Agente de Aduanas de períodos anteriores, si se desea declarar en el actual Formulario 29?

El IVA generado en la prestación de servicios respaldadas con la factura del Agente de Aduanas, darán derecho a Crédito Fiscal, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en la normativa vigente, especialmente la relativa al registro de las correspondientes facturas en el mismo período tributario en que éstas fueron emitidas.

Asimismo, existen plazos para efectuar ajustes al Crédito Fiscal hasta por los dos períodos tributarios posteriores a aquel en que fueran recibidas o registradas dichas facturas con atraso según (artículos 23° y 24° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios).

En ningún caso pretendemos dar consejo o especificaciones de cómo realizar este proceso a nivel legal. Cualquier duda que surja sobre temas fiscales, debe consultar con su contador o abogado tributario.

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